La variante Delta ha generado muchas repercusiones en el país.
Hace horas, generó ruido una querella presentada por el abogado Luis Mariano Rendón, gracias a la variante Delta que apareció. La mencionada dispara contra la violación a la normativa sanitaria, omisión de denuncia y eventual falsificación de documento público. Todo esto va dirigido hacia el Ministro Paris y la Subsecretaria Daza.
El documento que se le presentó al 7º Juzgado de Garantía mira directo al ministro Enrique Paris, a la subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza, a la seremi de Salud de la Región Metropolitana, Paula Labra, y todos los funcionarios del Minsal que sean responsables. Los involucrados en las declaraciones emitidas sobre el nuevo caso COVID que intranquilizó a todo el país, sin dudas están en la mira.
«Existe una gran contradicción entre la primera y la segunda versión de las autoridades sanitarias. Ella consiste en que de acuerdo a la última versión, la persona portadora del virus no realizó una cuarentena de 5 días en Santiago, sino‘… se le autorizó a salir del hotel de tránsito el 5 de junio por la tarde (al día siguiente de su ingreso) para seguir su cuarentena en su domicilio'», fue lo que reconoció Rendón en la querella.
Una querella con polémicas
«Autorizar a continuar la cuarentena en el domicilio después de haber pasado un solo día en el hotel de tránsito, constituye una violación de la normativa sanitaria aplicable para enfrentar la pandemia que asola al país, legalmente publicada en el Diario Oficial. Se trata, en efecto, de la Resolución Exenta N° 304 de la Subsecretaría de Salud Pública, de fecha 29 de marzo de 2021, publicada en el Diario Oficial con fecha 30 de marzo de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 997 del año 2020 de la misma Subsecretaría».
Por su parte, el abogado indicó que las autoridades del Gobierno «violaron la normativa sanitaria aplicable legalmente publicada en tiempo de pandemia». Claro está que el paciente con la variante Delta del COVID-19 ha generado muchas opiniones en redes sociales y en las calles del país. «Podría haberse configurado el delito de falsificación de documento público», indicó el profesional.
«Por su parte, las autoridades ministeriales de salud personalmente querelladas en esta acción, que en conocimiento de estos hechos que revisten características de delito no efectuaron la correspondiente denuncia a que les obliga la letra b) del artículo 175 del Código Procesal Penal, en el plazo de 24 horas establecido para ello en el artículo 176 siguiente, incurrieron en el delito contemplado en el artículo 177 del mismo Código», sostuvo.
Además, indicó: «Adicionalmente, podría configurarse alguna forma de cooperación de estas últimas autoridades personalmente querelladas también con los autores del delito del artículo 318, si es que la información falsa que entregaron el día 24 respecto a que la portadora había cumplido 5 días de cuarentena en el hotel de tránsito, fue difundida con conocimiento de su falsedad».
La variante Delta, desencadenante de todo
«Podría haberse configurado el delito de falsificación de documento público en su modalidad ideológica, contemplado en el artículo 193 N° 4 del Código Penal. Oficie al Minsal para que informe el nombre de la autoridad que autorizó el egreso prematuro de su cuarentena en hotel de tránsito de la persona que después se detectó como primera portadora en territorio nacional de la variante delta del virus COVID», comentó.
«Remita copia de todos los comunicados o informes emitidos por ese ministerio y por cualquier otra autoridad sanitaria respecto del caso de la portadora de la variable delta del virus COVID. Cite a declarar como imputados a los personalmente querellados en esta acción y requiera de los canales de televisión copia de la cobertura informativa que efectuaron a las autoridades de salud los días 24 y 25 de junio de 2021 en relación a la detección de una persona portadora de la variante delta del virus COVID», concluyó.
