Conoce aquí en qué consiste la nueva Ley de Migración en Chile

Lunes, 14 de febrero de 2022 a las 17:20

La nueva Ley de Migración dará para hablar, cosa que ya ha causado repercusiones.

El 12 de febrero que pasó, la nueva Ley de Migración y Extranjería de Chile fue publicada en el Diario Oficial, dejando mucho para hablar. En estas horas, se dio a conocer de qué se trata el nuevo reglamento, el que tiene por finalidad regular el ingreso, estadía, residencia y expulsiones de extranjeros del país. De esa forma, la noticia recorrió rápidamente las fronteras.

Por ello, se sabe que la nueva Ley de Migración afirma que “es deber del Estado promover una migración regular y ordenada, orientada a que los extranjeros cuenten con las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía en el país. El Estado debe instar por una migración segura y prevenir, reprimir y sancionar el tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas".

"También velará por la persecución de quienes cometan estos delitos. Obligación por parte del Estado de informar de manera correcta y activa, derechos y deberes, requisitos y procedimientos para su admisión, estadía y egreso del país, de los extranjeros que lleguen a suelo nacional. La expulsión correría en caso de que hayan sido condenados, se encuentren procesados, imputados, acusados o perseguidos judicialmente en el extranjero", se lee.

La nueva Ley de Migración

A su vez, indican: "Por pertenecer o financiar a movimientos o grupos terroristas o se encuentren registrados en la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol), o la organización que la reemplace o suceda por cualquiera de los hechos señalados anteriormente. Se expulsará a aquellas personas que ejecuten o hayan ejecutado hechos que las leyes chilenas califiquen de delito contra la seguridad exterior, la soberanía nacional o la seguridad interior”.

El domingo que pasó, un día después de darse la nueva Ley de Migración, 60 personas fueron “reconducidas” desde Chile hacia Bolivia. Claro, el artículo 153 reconoce que “será inmediatamente reembarcado o reconducido a la frontera, el extranjero que sea sorprendido por la autoridad ingresando al territorio nacional eludiendo el control migratorio, ya sea por pasos habilitados o no. Y quienes intenten ingresar al territorio nacional valiéndose de documentos falsificados, adulterados o expedidos a nombre de otra persona".

Nueva Ley de Migración.
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