Atención: SII dio a conocer la forma en que se debe corregir el error del Bono Clase Media

Miércoles, 05 de agosto de 2020 a las 22:52

Luego de los reclamos e incluso amenazas de devolución del dinero, el SII indicó cómo será la forma en que se corregirá lo del Bono Clase Media.

El Servicio de Impuestos Internos informó la forma en que los trabajadores dependientes que pusieron $0 como ingresos de julio y no pudieron editarlo, puedan corregir el error para saber si son merecedores o no del Bono Clase Media.

Esto se realizará desde el sábado 8 de agosto, los contribuyentes deberán confirmar o completar la información del mes de julio que declararon en su solicitud al SII. Así, en el caso de los contribuyentes que por cualquier situación no informaron en forma fidedigna sus ingresos de julio, podrán modificar y completar su proceso de solicitud, o bien dejarla sin efecto.

Cabe recordar que este proceso sólo deberán hacerlo los trabajadores dependientes y no incluye a los trabajadores independientes, ni a los empresarios individuales ni a los trabajadores cesantes o suspendidos con acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía, quienes no deberán realizar ninguna acción adicional a su solicitud.

El trabajador dependiente que en julio no haya tenido remuneración o que esta se haya visto disminuida, deberá identificar a su último empleador con su RUT.

El procedimiento constará de los siguientes pasos:

  • El SII comunicará, por correo electrónico, a aquellos contribuyentes que deben completar su solicitud, detallando paso a paso cómo realizar el trámite.
  • Una vez recibido este correo, a partir del sábado 8 de agosto el contribuyente podrá confirmar sus ingresos de julio, o bien anular su solicitud, a través de la opción disponible en www.sii.cl
  • Si debe completar sus remuneraciones de julio, debe escoger la opción modificar e ingresar en la celda editable el monto tributable correspondiente, es decir, sueldo bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).
  • En caso que haya acordado con su empleador una disminución de su remuneración de julio, el contribuyente también debe ingresar el monto tributable recibido, es decir el valor bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).
  • Una vez indicados correctamente sus ingresos o remuneraciones, el sistema realizará el nuevo cálculo para determinar el acceso al Aporte Fiscal. Si el ingreso del mes de julio registra una disminución del 30% o más, el sistema le indicará el monto del bono al que puede acceder, propuesta que puede aceptar y enviar, junto con elegir la forma de pago de su preferencia.
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