La Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor de la actriz nacional Daniela Ramírez en la acción judicial que presentó contra el arquitecto Gastón May Boullon, por lo que se ordenó al también empresario a abstenerse de acosarla sexualmente y amenazarla.
Todo comenzó en el año 2020 cuando la intérprete de Mega comenzó a recibir mensajes en redes sociales de parte del individuo, quien primero le comentaba sobre su vida personal y luego comenzó a inventar una relación amorosa con ella. El acosador le proponía formar una familia juntos, le enviaba fotos desnudo e incluso la amenazó de manera presencial.
Daniela Ramírez lo bloqueó de las plataformas virtuales en primera instancia, pero el sujeto creó más de 10 cuentas distintas de Instagram para escribirle todos los días.
Según el falló al que accedió BioBioChile, «los mensajes continuaron, incluso haciendo alusión al fallecimiento u homicidio de su expareja; le compartió insistentemente material de alto contenido sexual; se trasladó a las inmediaciones del antiguo domicilio, comprometiendo con ello su seguridad; le envía fotografías en las que aparece completamente desnudo; y, videos en los que se le ve masturbándose, acompañado de comentarios en los que conmina a su representada a mantener futuras relaciones sexuales con él».
Además, el hombre también se acercó personalmente al hijo de la actriz, tanto en su casa como en lugares públicos. Y en las elecciones de 2020, Ramírez fue designada vocal de mesa, donde llegó al local de votación May Boullon a hostigarla.
¿Qué dijo el acosador?
La artista interpuso una querella criminal ese mismo 2020, pero terminó sobreseída y por eso insistió a través de un recurso de protección, el cual sí fue acogido.
Gastón May Boullon desapareció por un tiempo, pero volvió a acosarla en agosto de 2022 cuando se enteró que ella había adquirido una nueva vivienda. Ahí, le envió unas «felicitaciones por su nuevo hogar, una fotografía del lugar y una imagen de su zona genital».
Ante todos estos antecedentes, el arquitecto no admitió nada «en cuanto a la integridad, exactitud e interpretación de los hechos, tal y como se relatan en dicha presentación».
Pero por las contundentes pruebas, el tribunal ordenó al antisocial a «abstenerse en el futuro de realizar actos de hostigamiento, acoso, acoso sexual, persecución y amenazas en contra de la recurrente y de efectuar cualquier publicación en redes sociales sobre la materia, que involucre la persona de la actora, su imagen y su honra».