Carabineros de Chile es el ente encargado de fiscalizar. Es común ver la bandera chilena izada en muchas partes durante las Fiestas Patrias, sin embargo, lo que se desconoce es el Decreto Supremo N°1.534, que establece cómo se debe izar la bandera de forma correcta, para no arriesgar una multa. “En el exterior de los edificios o construcciones, la bandera nacional se expondrá en ejemplar de tamaño proporcionado en buen estado de conservación y limpieza. Se la enarbolará en un asta de color blanco”, izada hasta el tope del mástil, excepto con autorizaciones expresas de lo contrario, como ocurre en los casos de duelo nacional o local. Cuando no fuere posible izarla en un asta o mástil, se la colocará extendida totalmente en forma horizontal o vertical, debiendo quedar en ambos casos, el cuadro azul en la parte superior y a la izquierda del espectador”, agrega el segundo inciso en el art.3. En caso de no cumplir con estos requerimientos, el dueño o administrador de un inmueble arriesga multas que van desde las 1 a las 5 UTM (de $47.920 hasta los $239.600).