Corte ordena al Fisco pagar millonaria indemnización al actor Hugo Medina por torturas en dictadura

Miércoles, 14 de diciembre de 2022 a las 19:10
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que ordenó al Fisco a pagar una indemnización al destacado actor nacional Hugo Medina por daño moral durante la dictadura militar. La indemnización es de 120 millones de pesos debido a que el artista fue detenido el 20 de noviembre de 1973 por agentes del Estado y torturado en el Regimiento Buin, siendo retenido hasta el 22 de enero de 1975, fecha en que recuperó la libertad para salir al exilio con la prohibición de ingresar al país por 10 años. La decisión de la justicia indica lo siguiente: "Que en lo que respecta al primer aspecto, concuerda esta Corte con el fallo en alzada, con los razonamientos y consideraciones en orden a que la indemnización por daño moral solicitada por esta vía es compatible con los beneficios y pagos ya percibidos por el actor, en virtud de la normativa antes citada, pues esta acción tiene por objeto mitigar el daño individual del afectado, esto es, demandar el daño propio, lo que se traduce en el dolor, angustia y sufrimiento experimentado por el actor, a raíz del periodo en que estuvo detenido en el cual fue objeto de torturas y vejaciones por agentes del Estado, situación que fue reconocida por la Comisión Valech". "En lo atinente a la prescripción extintiva, también coincide este tribunal de alzada, con lo manifestado por el sentenciador de primer grado en los motivos décimo tercero a décimo séptimo, en el sentido que tratándose la tortura un crimen de lesa humanidad (...) no cabe acoger la prescripción alegada por el Fisco", continúa. "En lo relativo a la prueba del daño moral, sin perjuicio de estimar esta Corte, que la prueba rendida por el actor es suficiente para acreditar el daño moral que experimentó, al haberse acreditado que fue víctima de detención ilegal, privación de libertad y tortura que sufrió entre el 20 de noviembre de 1973 y el 22 de noviembre de 1975 con las graves consecuencias que de ello derivaron para el mismo como las lesiones físicas y psíquicas y el sufrimiento que esto le ha provocado, circunstancias que justifican la cuantía del rubro indemnizatorio fijado", se añade. Por último, se expuso que el daño causado a Hugo Medina "debe ser reparado en forma integral, la suma determinada deberá pagarse con reajustes de conformidad a la variación que experimente el Índice Precios al Consumidor aplicados desde que la presente sentencia quede ejecutoriada, más intereses corrientes para operaciones de crédito reajustables, desde la fecha en que el demandado incurra en mora, por el carácter declarativo de este fallo".  
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